BLOG DE ANA M. BRIONGOS


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4.10.07

Solicitud de expedición de carta de invitación a un extranjero

Ayer empecé a moverme para saber cómo se pide la "Solicitud de expedición de carta de invitación", así se llama el documento que se debe rellenar, desde hace unos meses, para poder iniciar el proceso de invitación a un familiar o amigo que vive en el extranjero fuera de los límites de nuestro "primer mundo". Vivo en Barcelona. Sabía, según la Orden publicada en el BOE (ver entrada en este mismo Blog hace unos meses) que se podía recoger en las comisarías de policía. No es así.
1) Fui a los Mossos d'Esquadra y me dijeron, muy amables, que en Barcelona sólo lo daban en la Policía Nacional de la calle Guadalajara.
2) Llamé al 010 (teléfono de información municipal): Se puede recoger únicamente en el Grupo de Nacionalidad de la Policía Nacional, Guadalajara 1 y 3, de lunes a viernes de 9h a 14h.
3) Llamé al 012 (teléfono de información de la Generalitat de Catalunya): Lo entregan en cualquier comisaría de policía, me dice Eva. Le digo que esa información no es correcta y me responde "malhauradament si la Policia Nacional no ens envia la informació correcta nosaltres no hi poden fer res" ("desgraciadamente si la P.N. no nos manda la información correcta, nosotros no podemos hacer nada al respecto")
Me dirijo a la calle Guadalajara. Hay dos colas, la de los inmigrantes que van a buscar sus papeles, larguísima, y la de los que vamos a buscar la "Solicitud de expedición de carta de invitación" o a entregar ya la solicitud rellenada acompañada de los documentos necesarios, mucho más corta. He esperado una media hora en la cola de la calle y unos 20 minutos en el vestíbulo de espera con sillas, ya dentro del edificio. Cuando me ha tocado el turno un señor muy amable me ha entregado la hoja de solicitud. Una de las caras es la que se ha de rellenar. En la otra cara está la relación de documentos que se deben aportar (original y fotocopia). Adjunto, a continuación las dos caras de este documento para que os ahorréis la cola y paséis directamente a la segunda fase que es la de entrega de los documentos, también con cola.
Este documento es simplemente para verificar que quien invita posee una vivienda donde acoger al invitado, pues se deben aportar escrituras o contrato de alquiler. Una vez has entregado toda la documentación empieza la verificación por parte de la policía y, si todo cuadra, te dan la Carta de Invitación. En este momento están tardando más de dos meses en darla, me lo dijo el mismo señor que me atendió, porque ha habido unos meses de desorientación hasta que se ha puesto en marcha este nuevo sistema y se les han acumulado las peticiones. Con esta carta el invitado podrá empezar a tramitar su visado, si es que lo necesita para viajar a España.
Total que los trámites se alargan una barbaridad en comparación con la carta notarial que hasta junio pasado se pedía. No se trata solamente de los dos meses que tardan en darte la C. de I. sino que reunir los documentos aquí en nuestro país y en el país donde vive el invitado y que los envíe para presentarlos todos juntos en España, en la calle Guadalajara de Barcelona en mi caso, ya requiere más de un mes. Con mucha suerte como mínimo tres meses. Pues ¡SUERTE!
Ah, por cierto, la calle Guadalajara está justo detrás de Balmes (con Travessera de Gràcia), en el mismo edificio de la policía donde se tramitan los DNI y los pasaportes, pero en la parte de atrás, es una calle estrecha donde pueden hacer cola los inmigrantes sin que nadie los vea.

23.5.07

El 11 de junio cambia la normativa para pedir el visado en las embajadas españolas

Para los que queréis visitar España y necesitáis visado y para los españoles que queráis invitar a un amigo extranjero que necesite visado.
Hasta esta fecha, 11 de junio de 2007, lo habitual es presentar personalmente en la Embajada el formulario de solicitud rellenado (se puede solicitar directamente en el Consulado o descargarlo de la página web del Ministerio de Asuntos Exteriores y de Cooperación), además de varios documentos que te especifico:

- un seguro de viaje que cubra la totalidad de la estancia en España

- el billete de avión cerrado; si pretende viajar a otros países Schenegen, es importante que su lugar de entrada y de estancia principal sea España para que la Embajada española pueda expedirle el visado. Si no es así, debe solicitarlo en la Embajada de aquél país por el que entre o en el que vaya a desarrollar el grueso de su visita

- prueba de medios económicos suficientes para cubrir la estancia (suele bastar con una copia de la nómina o una carta del banco que especifique los ingresos; para los casos en que exista alto riesgo de inmigración ilegal, se pide igualmente copia de aquellos documentos que demuestren arraigo suficiente: propiedades, negocios, etc.).

- reserva de hotel o documento que pruebe el lugar en el que va a quedarse durante su estancia en España.

En caso de que queráis invitar a un amigo a quedarse en vuestra casa o queráis de alguna forma asumir los gastos de su estancia allí (alojamiento, manutención, etc.), hasta ahora, era suficiente con enviar al "invitado" una carta de invitación firmada por vosotros que éste presentaba en el Consulado, pero a partir del 11 de junio próximo entra en vigor una nueva normativa sobre cartas de invitación que obliga a aquellas personas que quieran invitar a extranjeros a cumplir con los criterios de la Orden PRE/1283/2007 cuyo link es el siguiente:
http://www.boe.es/boe/dias/2007/05/11/pdfs/A20391-20394.pdf. Básicamente, cualquier persona que quiera invitar a un extranjero debe hacerlo en un formato estándar y en la Comisaría de Policía de su lugar de residencia, además de pagar una tasa correspondiente. A partir de esa fecha, ninguna carta de invitación que no cumpla con esos requisitos será aceptada.
Me he leíso la nueva normativa y creo que si voy a comisaría me van a decir que no tienen ningún formulario, que no tienen ni idea, etc. Supongo que se necesitará un tiempo de rodaje para que esto funcione ya que la normativa no especifica ni cómo debe ser el formato del documento que deben tener en las comisarías, y el verano llegará y mi invitado se quedará en su país sin poder visitarme, mientras yo voy de comisaría en comisaría.
O sea que si queréis invitar a un amigo que necesite visado para entrar en España, daros prisa y presentadlo todo en la Embajada correspondiente antes del día 11.